miércoles, 21 de octubre de 2015

DAGMA (COLOMBIA)


El Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente


Es una entidad del municipio de Santiago de Cali, creada mediante el Acuerdo Municipal No. 18 de diciembre 30 de 1994 y con la misión y funciones atribuidas a partir del Decreto 0203 de 2001.

Los seis mandamientos: Los casos específicos que por Ley debe recibir el Dagma, son: - El ruido que trascienda al medio ambiente.
  1. La ocupación de las zonas verdes. La invasión del espacio público por los vendedores es competencia de la Subsecretaría de la Secretaría de Gobierno, Convivencia y Seguridad y por los vehículos, la Secretaría de Tránsito.
  2. Por daño a la flora, extracción, comercialización y maltrato de la fauna silvestre y animales domésticos.
  3. Contaminación del aire. Por pintura al aire libre, causada por los talleres. Chimeneas de industria y de las actividades caseras sin mayor técnica que contamina.
  4. Hay muchas quejas por malos olores. Sin embargo, no están reglamentados, dada la subjetividad de su manejo, pues lo que es agradable para una persona puede ser desagradable para otra.
  5. La contaminación a los ríos y al alcantarillado por sustancias no permitidas
DAGMA – Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente – CaliAvenida 5AN 20N-08, Cali, Valle – Colombia
Conmutador: +57.2.668.0580
Página de Internet: http://www.cali.gov.co/dagma/

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